La pena por el ejercicio ilegal de la profesión de abogado está establecida en el artículo 381 del código penal, de 2 a 5 años, con una pena de 2 a 5 años de prisión
| junio 29, 2015
Un grupo de abogados encabezado por Edna Ramos presentaron ante la fiscalía auxiliar una denuncia penal contra ciudadanos extranjeros que promueven de manera ilegal servicios migratorios como juristas.
La pena por el ejercicio ilegal de la profesión de abogado está establecida en el artículo 381 del código penal, de 2 a 5 años, con una pena de 2 a 5 años de prisión según el artículo 4 de la Ley 9 de 1984 que define las gestiones administrativas.