En casos así, la propiedad privada cede frente al derecho básico a la vida, la libertad y a no ser maltratados ni física ni psicológicamente», explico Sabsay
| diciembre 22, 2014
En un fallo de sólo una carilla y media, la Sala II de la Cámara de Casación Penal dispuso que la orangutana de Sumatra, llamada Sandra y alojada desde hace 20 años en el Zoo porteño, pueda gozar de libertad y se la reconozca como persona jurídica. La resolución, firmada por los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Pedro David -el mismo tribunal que semanas atrás otorgó derechos laborales a los presos-, sienta un precedente radical en la jurisprudencia argentina, que hasta ahora consideraba a los animales como cosas.
Tanto para la justicia argentina como para el resto de la jurisprudencia internacional, los animales están amparados por el régimen de propiedad privada y no son pasibles de gozar de derechos o personería jurídica, como los individuos o las empresas. Anteriores pedidos de hábeas corpus para grandes simios (chimpancés, orangutanes, gorilas y bonobos) interpuestos por diferentes organizaciones, en los que se alegaba que los grandes primates gozan de un cierto grado de raciocinio y poseen características emocionales similares a las de los humanos, fueron sucesivamente rechazados.