Esta orden aplica para todas las vías ya sean terrestre, aérea o acuática
| diciembre 15, 2014
BOGOTA: Esta orden aplica para todas las vías ya sean terrestres, aérea o acuática. Los vehículos de carga no podrán transitar en el lapso comprendido entre 6:00 pm y 5:00 am.
Nacionales colombianos y venezolanos que regularmente transitan por la frontera, rechazan la medida por considerar que lesiona gravemente la economía fronteriza y el desarrollo normal de las actividades en la zona.