Acodeco realizó verificación de nuevos precios de combustibles


Según esta resolución, emitida por la Secretaría de Energía, los nuevos precios comenzarán a regir a partir del 1 de julio de 2022 a 6:00 a.m., hasta el 15 de julio de 2022 a las 5:59 a.m.


Noticia Radio Panamá | Acodeco realizó verificación de nuevos precios de combustibles

| julio 4, 2022


Agencias regionales de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) realizaron verificación de los precios de combustibles, en diferentes estaciones, según el Decreto Ejecutivo Decreto Ejecutivo N°134 de 20 de mayo de 2022 (que regula los precios máximos de venta al público, de algunos combustibles líquidos en la República de Panamá).

Durante las verificaciones realizadas en horas de la mañana, la Administración Regional de la Acodeco en Chiriquí detectó que en la Valmar – estación Dana, tanto en los tableros y surtidores, tenían la gasolina de 95 octanos a B/. 1.568, incumpliendo con la Resolución N° MIPRE-2022-0024390 del 29 de junio de 2022 (el precio resolución es de B/.1.540 para David); y la gasolina 91 a B/. 1.428 por litro (nuevo precio B/. 1.387). 

Mientras que la Acodeco de Coclé, encontró que la estación Auto Partes San Juan S.A., ubicada vía Interamericana Aguadulce, a un costado de la Policía Nacional, mantenía precios superiores en las gasolinas de 95 en B/. 1.563 y la de 91 octanos en B/. 1.412.    Los precios máximos establecidos por esta resolución, para Aguadulce, son de B/. 1.527 gasolina de 95 octanos y la regular de 91 oct. a B/. 1.374.

Según esta resolución, emitida por la Secretaría de Energía, los nuevos precios comenzarán a regir a partir del 1 de julio de 2022 a 6:00 a.m., hasta el 15 de julio de 2022 a las 5:59 a.m.

Cabe señalar, que el artículo 3 del Decreto Ejecutivo Decreto Ejecutivo N°134 de 20 de mayo de 2022 establece que la Acodeco ejecutará y velará por el fiel cumplimiento, tanto del presente decreto ejecutivo, como de las resoluciones que para estos efectos emita la Secretaría Nacional de Energía y aplicará las respectivas sanciones a los agentes económicos que infrinjan las presentes disposiciones, en virtud de la potestad que le otorga la Ley 45 de 31 de octubre de 2007.

De esta manera, se efectúan las verificaciones, desde las 6 a.m. del día que aplican los cambios de precios, para asegurar que los precios máximos que se establecen se cumplan en los distintos lugares del país.

 

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