ATTT propone analizar una nueva ley de transporte que contemple plataformas digitales


La entidad emitió una resolución que realiza un planteamiento sobre el caso de transporte selectivo vs Uber Panamá Technology Inc.


Noticia Radio Panamá | ATTT propone analizar una nueva ley de transporte que contemple plataformas digitales

| agosto 18, 2017


La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), emitió la resolución No. OAL-466 del 18 de agosto de 2017 en la cual declara que el servicio ofrecido mediante plataformas tecnológicas que se está brindando a través de las disposiciones legales vigentes de comercio electrónico, es una actividad económica que debe ser reglamentada en el marco de la ley de transporte.

 

"Se hace imperioso analizar si el parámetro normativo existente desde 1993 se ajusta a la realidad que hoy vivimos, y a las legítimas exigencias de los usuarios para recibir un servicio de transporte público de pasajeros eficiente y contemporáneo y que permita a la Autoridad poseer mayores herramientas para garantizar un mejor servicio a la ciudadanía", destaca la resolución.

 

Igualmente señala que: "siendo la movibilidad, y por ende, el transporte una actividad muy dinámica, en reiteradas ocasiones esta Autoridad ha reconocido y manifestado a diversas organizaciones de transporte público de pasajeros, la importancia de discutir contundentes modificaciones a las leyes de transporte existentes o mejor aún, una nueva ley de transporte público, que evite encontrarnos en similares situaciones e inclusive en futuras controversias que puedan emanar como respuesta al avance de la sociedad, producto de un cuerpo normativo que no se ajusta a las expectativas y necesidades de la población y del país en general".

 

La resolución recomienda a las instancias correspondientes, que dentro de la posible regulación de la actividad generada a través de las plataformas, se considere crear las condiciones normativas que permitan la protección del derecho a la igualdad y a la confianza legítima de los taxistas.

 

El Director de la ATTT, Julio González, recalcó que "contra esta resolución, asisten los recursos de reconsideración o apelación dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de la notificación de las partes". 

 

Igualmente, plantea que se deba propiciar la reglamentación necesaria a fin de que no se cree un monopolio en la actividad.

 

[Escuche las declaraciones…]

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