Implementan localizador electrónico para la ejecución de sentencias penales y cumplimiento de medidas cautelares


Las personas privadas de libertad que califiquen para la aplicación de un localizador electrónico deberán cumplir con los requisitos básicos para el uso de este servicio.


Noticia Radio Panamá | Implementan localizador electrónico para la ejecución de sentencias penales y cumplimiento de medidas cautelares

| enero 7, 2022


Mediante la Resolución N°223-R-177 del 23 de diciembre de 2021, el Ministerio de Gobierno (Mingob), implementó un sistema de monitoreo y localización para la ejecución de sentencias penales y cumplimiento de medidas cautelares.

De acuerdo con la resolución el sistema será implementado a través de un localizador electrónico para la ejecución de medidas cautelares de tipo personal distintas a la detención provisional y de igual manera la vigilancia, seguimiento y control de los subrogados penales que se apliquen como medida sustitutiva a la pena de prisión.

La implementación del localizador electrónico iniciará con las personas privadas de libertad debidamente sancionadas con sentencia en firme y posteriormente se iniciará gradualmente con los privados de libertad con la medida cautelar de detención provisional.

La resolución señala que podrá recomendarse el sistema de monitoreo y localización a:

  • Aquellas personas con enfermedad grave, crónica o con discapacidad lo cual deberá estar debidamente acreditado.
  • Mujer embarazada y madre lactante, con excepción de aquella que represente peligrosidad contra el niño o niña.
  • El privado de libertad al que se le ordene deposito domiciliario y que no sea potencialmente peligroso.
  • El imputado por delito susceptible de fianza de excarcelación, notificando a la víctima de la decisión que se adopte.
  • El condenado beneficiado con libertad vigilada.
  • Producto de la aplicación de la medida cautelar contenida en el artículo 224 numeral 9 del Código Procesal Penal de Panamá.

Las personas privadas de libertad que califiquen para la aplicación de un localizador electrónico deberán cumplir con los requisitos básicos para el uso de este servicio.

La aplicación y supervisión del localizador electrónico estará a cargo de la Dirección General del Sistema Penitenciario, en coordinación con los estamentos de seguridad, el Ministerio Público y el Órgano Judicial.

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