Alfredo Fonseca Mora director de la Institución explicó que dentro del código también se establece que ningún dron podrá volar en un radio de ocho kilómetros de cualquier aeropuerto del país. También quedan prohibidos los vuelos en horario nocturno
| junio 1, 2016
Alfredo Fonseca Mora director de la Institución explicó que dentro del código también se establece que ningún dron podrá volar en un radio de ocho kilómetros de cualquier aeropuerto del país. También quedan prohibidos los vuelos en horario nocturno
Para pilotear drones mayores a 250 gramos se deberá optar por una "licencia de piloto remoto", que tramitará el ente regulador.
La oficina para el registro de pilotos de drones se encuentra ubicada en el Aeropuerto Marcos A. Gelabert de Albrook. La atención es de lunes a viernes de 8:00 a.m a 4:00 p.m., la afiliación es gratuita.