Promulgan Decreto que reglamenta el Régimen Especial EMMA


El régimen EMMA es parte de las estrategias del Plan de Reactivación Económica del presidente Laurentino Cortizo Cohen para la atracción de inversión extranjera directa y generación de empleo.


Noticia Radio Panamá | Promulgan Decreto que reglamenta el Régimen Especial EMMA

| febrero 24, 2021


El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), estableció las normas y procedimientos aplicables a la instalación, administración, mantenimiento y operación de aquellas empresas nacionales o extranjeras que deseen invertir en Panamá, bajo el Régimen Especial para el establecimiento y la Operación de Empresas Multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la manufactura, conocido como EMMA.

El régimen EMMA es parte de las estrategias del Plan de Reactivación Económica del presidente Laurentino Cortizo Cohen para la atracción de inversión ex tranjera directa, generación de empleo, dinamización de diversos sectores y la transferencia de conocimiento al recurso humano panameño.

Esta reglamentación indica que las empresas EMMA deben cumplir con los requisitos aprobados por la Comisión de Licencias de Sedes de Empresas Multinacionales (SEM), la cual plantea que para su elegibilidad las empresas deben contar con un total de activos del grupo empresarial iguales o mayores a los $75 millones o contar con un mínimo de tres subsidiarias.  Con relación a los trámites, la Dirección de Sedes de Empresas Multinacionales del MICI, actuará como Secretaría Técnica de la Comisión, para otorgar el visto bueno de las Licencias.

El Decreto Ejecutivo No.33 del 4 de febrero de 2021 señala, que las empresas se deben inscribir el Registro Público de la República de Panamá, ya sea como una empresa extranjera, como una empresa panameña de propiedad de la empresa multinacional. Una empresa multinacional que ya cuente con Licencia de SEM podrá aplicar a una Licencia del régimen EMMA por medio de un proceso sumario. Igualmente, una empresa que esté operando en Panamá podrá, a través de la misma persona jurídica mediante la cual viene realizando sus actividades, acogerse al Régimen, delimitando sus actividades a la EMMA.

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