Proyecto de fallo de magistrado Cecilio Cedalise podría anular el caso de ‘pinchazos telefónicos’


El 8 de junio de 2015 llegó a los estrados judiciales de la Corte Suprema de Justicia el caso de los pinchazos.


Noticia Radio Panamá | Proyecto de fallo de magistrado Cecilio Cedalise podría anular el caso de ‘pinchazos telefónicos’

| octubre 18, 2021


Un proyecto de fallo de 50 páginas preparado por el Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Cecilio Cedalise, declararía como inconstitucional una decisión oral con fecha del 4 de julio de 2018, del entonces Magistrado Juez de Garantías Jerónimo Mejía.

La decisión de Mejía rechazaba una impugnación de las defensas técnica de Ricardo Martinelli y cuestionaba la realización de una audiencia de acusación en el caso de los pinchazos, sin que antes se realizara una imputación.

El fallo de Cedalise decidiría una acción de inconstitucionalidad interpuesta por el abogado Carlos Carrillo Gomila, el 9 de febrero de este año y de conseguir el respaldo de otros 4 magistrados del pleno de la Corte Suprema, el fallo anularía el proceso de los pinchazos iniciado en 2015.

El 8 de junio de 2015 llegó a los estrados judiciales de la Corte Suprema de Justicia el caso de los pinchazos.

El fundamento del fallo que anularía el caso de los pinchazos sería la afirmación de que, en un juicio especial contra un diputado, en este caso, un diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), cargo que ostentaba el expresidente Ricardo Martinelli Berrocal (2009-2014), no se podía realizar una audiencia de acusación sin antes haber realizado la audiencia de imputación.

Este principio, que es el común para todos los procesados, tiene una excepción en el Código Procesal Penal, en su artículo 492, cuya norma fue aprobada durante el gobierno de Ricardo Martinelli, y está contenida en la Ley 55 de 2012 que lleva su firma.

Este artículo mandata el trámite procesal que sigue a la investigación de un diputado por parte de un magistrado fiscal: “Artículo 492. Calificación de la investigación. Concluida la investigación, el Magistrado Fiscal emitirá por escrito su opinión jurídica en la que expresará su solicitud de elevación de la causa a juicio o de sobreseimiento.

La calificación de la investigación corresponderá al Magistrado que ejerza las funciones de Juez de Garantías. La audiencia de formulación de la acusación debe realizarse dentro del plazo previsto en el artículo 344 de este Código.

 

 

 

 

 

album-art

Sorry, no results.
Please try another keyword
00:00