Sin Filtro: El beneficiario final del interés preferencial


Con viviendas que se han forjado hacia las periferias, ya que una de las principales restricciones de esta ley, es que el subsidio solo aplica a viviendas nuevas.



| octubre 2, 2019


Fue en el año 1985 que el Estado cambió su modelo, y le pasó al sector privado la responsabilidad de construir viviendas para la población, a través del interés preferencial en préstamos bancarios y no bancarios.

 

El cambio en el modelo se dio con dos fines; por un lado facilitarle a la población de ingresos medios y bajos la posibilidad de acceder a una vivienda, y por el otro darle un apuntalamiento a la economía, en la que se podía utilizar la disponibilidad del crédito disponible en el centro financiero internacional.

 

El tema es que un subsidio creado en su momento para darle fuerza a la economía panameña y facilitar el acceso a la vivienda, se ha convertido en un pago obligatorio por parte del Estado que se ha extendido en el tiempo y aumentado recientemente.

 

Con viviendas que se han forjado hacia las periferias, ya que una de las principales restricciones de esta ley, es que el subsidio solo aplica a viviendas nuevas.

Por lo que la interrogante aquí planteada es:

¿A quién beneficia el aumento del interés preferencial, si existe un exceso de viviendas sin comprador?

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