Surgen reacciones ante Decreto que regula la revocatoria de mandato a autoridades electas


El diputado Juan Diego Vásquez dijo que ha escuchado de temor en algunos sectores, pero que ese no es su caso, pues los ciudadanos son los que deben decidir la revocatoria de mandato a sus autoridades electas


Noticia Radio Panamá | Surgen reacciones ante Decreto que regula la revocatoria de mandato a autoridades electas

| noviembre 30, 2020


Celia Douglas

 

La revocatoria de mandato por iniciativa popular para aquellos cargos sujetos a ella, exceptuando a los diputados postulados por partidos políticos quedó reglamentada en el Decreto 49 de 24 de noviembre pasado.
 
Solamente aplicaría para diputados de libre postulación, alcaldes y representantes tanto de partidos políticos como independientes.
 
Después de conocer la decisión, a lo interno de algunos grupos políticos buscan tener mayores luces sobre el alcance de la normativa, tal es el caso del Molirena, con sólo 5 diputados.
 
De acuerdo a la reglamentación  la revocatoria de mandato no aplica para diputados de partidos políticos, en base a normativas distintas planteadas en la Constitución Nacional aplicables a estos casos.
 
El diputado Juan Diego Vásquez dijo que ha escuchado de temor en algunos sectores, pero que ese no es su caso, pues los ciudadanos son los que deben decidir la revocatoria de mandato a sus autoridades electas.
 
El alcalde capitalino José Luis Fábrega, cuestionado por algunas de sus decisiones como jefe de la comuna capitalina, dice no tener tenerle miedo a la revocatoria de mandato. De acuerdo a él, contrario a lo que dice la reglamentación del Tribunal Electoral, no aplicaría para su persona.
 
De acuerdo a lo aprobado por los magistrados del Tribunal Electoral, los ciudadanos tendrán un plazo mínimo de 30 días y hasta 120 días calendario para recoger firmas para la revocatoria de mandato de sus autoridades electas, en base a la cantidad de electores que tenga la circunscripción en cuestión.
 
El Decreto 49 establece que la solicitud para la revocatoria de mandato sólo puede admitirse durante el segundo o tercer año de ejercicio del cargo.
 
Detalles del informe con Sergio Rivera
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